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Eliminación del requisito de calificación urbanística en actuaciones propias del medio rural

Enviado por en 12 mayo, 2021 – 13:05
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ℹ️ Informamos de la orden de la Consejería de Medio Ambiente Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se dictan instrucciones generales respecto a someter a calificación urbanística actividades propias del medio rural.
👉Ya no precisarán de calificación urbanística:

▪️ ▪️La instalación de invernaderos temporales, desmontables, portátiles y sin cimentación.
▪️ ▪️ La instalación de casetas de aperos no habitables, de una superficie no superior a 5 m2, desmontable, portátil y sin cimentación.
▪️ ▪️ Los proyectos de riego.
▪️ ▪️ Las plantaciones de leñosos.
▪️ ▪️ La instalación de comederos abrevaderos desmontables, portátiles y sin cimentación (si no hay otras construcciones en la finca).
▪️ ▪️ Los cerramientos perimetrales de fincas o parcelas.
▪️ ▪️ La instalación de silos portátiles, desmontables y sin cimentación.
▪️ ▪️ La nivelación de terreno y despedregado.
▪️ ▪️ Los sondeos para captación de agua.
▪️ ▪️ La instalación de huertos.
▪️ ▪️ La mejora de caminos rurales y caminos nuevos.
▪️ ▪️ La colocación de señalización, paneles, mesas interpretativas.
▪️ ▪️ La instalación de carpas temporales para eventos sin solera.
▪️ Las instalaciones ganaderas (mangas, embarcaderos, etc.) siempre que las mismas sean desmontables y sin cimentación.
▪️ La instalación de colmenas portátiles, desmontables y sin cimentación.
▪️ Las instalaciones públicas para tratamientos de residuos.
▪️ Las instalaciones de básculas puente públicas.
▪️ Los circuitos públicos biosaludables.
▪️ La instalación pública de punto verde.
 
👉Esta eliminación del requisito de calificación urbanística es extensiva a ampliaciones de instalaciones con calificación urbanística ya otorgada, siempre que se trate del mismo uso. En este supuesto, se solicitarán o presentarán al Ayuntamiento, el título habilitante de naturaleza urbanística que se requiera para su lícito ejercicio, previo informe favorable de la Consejería competente de la actividad de que se trate.