Inicio » Concursos, Destacados
Eliminación del requisito de calificación urbanística en actuaciones propias del medio rural
ℹ️ Informamos de la orden de la Consejería de Medio Ambiente Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se dictan instrucciones generales respecto a someter a calificación urbanística actividades propias del medio rural.
👉Ya no precisarán de calificación urbanística:
▪️ ▪️La instalación de invernaderos temporales, desmontables, portátiles y sin cimentación.
▪️ ▪️ La instalación de casetas de aperos no habitables, de una superficie no superior a 5 m2, desmontable, portátil y sin cimentación.
▪️ ▪️ Los proyectos de riego.
▪️ ▪️ Las plantaciones de leñosos.
▪️ ▪️ La instalación de comederos abrevaderos desmontables, portátiles y sin cimentación (si no hay otras construcciones en la finca).
▪️ ▪️ Los cerramientos perimetrales de fincas o parcelas.
▪️ ▪️ La instalación de silos portátiles, desmontables y sin cimentación.
▪️ ▪️ La nivelación de terreno y despedregado.
▪️ ▪️ Los sondeos para captación de agua.
▪️ ▪️ La instalación de huertos.
▪️ ▪️ La mejora de caminos rurales y caminos nuevos.
▪️ ▪️ La colocación de señalización, paneles, mesas interpretativas.
▪️ ▪️ La instalación de carpas temporales para eventos sin solera.
▪️ Las instalaciones ganaderas (mangas, embarcaderos, etc.) siempre que las mismas sean desmontables y sin cimentación.
▪️ La instalación de colmenas portátiles, desmontables y sin cimentación.
▪️ Las instalaciones públicas para tratamientos de residuos.
▪️ Las instalaciones de básculas puente públicas.
▪️ Los circuitos públicos biosaludables.
▪️ La instalación pública de punto verde.
👉Esta eliminación del requisito de calificación urbanística es extensiva a ampliaciones de instalaciones con calificación urbanística ya otorgada, siempre que se trate del mismo uso. En este supuesto, se solicitarán o presentarán al Ayuntamiento, el título habilitante de naturaleza urbanística que se requiera para su lícito ejercicio, previo informe favorable de la Consejería competente de la actividad de que se trate.