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Zonas con restricciones de movilidad desde el 5 de abril

Enviado por en 4 abril, 2021 – 18:59
zonas con restriccion

Desde hoy, 5 de abril, se amplían las restricciones de movilidad hasta las 00:00 horas del lunes 19 de abril en las zonas básicas de salud de Las Margaritas, en Getafe; San Fernando, en San Fernando de Henares; en Madrid capital las de Alameda de Osuna (distrito de Barajas), Rejas (distrito de San Blas-Canillejas) y Chopera (distrito de Arganzuela); y la zona básica de Villaviciosa de Odón.

También desde el lunes 5 de abril y durante dos semanas quedarán limitadas las entradas y salidas salvo por causas justificadas en las localidades de La Cabrera, Moralzarzal y Colmenarejo.

✅ Zonas con restricciones hasta el 12 de abril

Asimismo, se mantienen las restricciones hasta el lunes 12 de abril en las zonas básicas de Valle de la Oliva (Majadahonda); en Madrid capital en las zonas de Núñez Morgado (distrito de Chamartín), Virgen de Begoña (distrito de Fuencarral-El Pardo), Vicálvaro-Artilleros y Valdebernardo (ambas en el distrito de Vicálvaro); y en las localidades de Navacerrada, Paracuellos de Jarama, Villanueva de la Cañada, Navas del Rey, Santos de la Humosa, Torrejón de Velasco y Chapinería.

✅ Medidas para toda la región

La Comunidad de Madrid mantiene la prohibición de las reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables). En este sentido, la Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar y domiciliario.

También continúa la limitación de movilidad nocturna desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración puedan permanecer abiertos hasta las 23:00 horas, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 22:00 horas.

La Consejería de Sanidad recuerda que sigue siendo obligatorio, dentro de las medidas preventivas para hacer frente al COVID-19, asegurar la ventilación adecuada y permanente de los establecimientos; separación entre los grupos de mesas; que el número de comensales en las terrazas es de un máximo de seis personas por mesa, y de cuatro en el interior de los establecimientos, y que está prohibido el consumo en barra.

Asimismo, reitera la obligatoriedad del uso de mascarilla de forma continuada, tanto en el interior como en la terraza, excepto en el momento concreto de la ingesta de bebida o comida.