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Medidas de salud pública general y de la Comunidad de Madrid para las celebraciones navideñas

Enviado por en 9 diciembre, 2020 – 09:19
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El pasado 5 de diciembre se publicó la ORDEN1653/2020, de 4 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas  por razón de salud pública durante la temporada navideña para la contención de la transmisión del COVID-19 en la Comunidad de Madrid. Igualmente, el pasado 2 de diciembre, el Consejo interterritorial de Salud, acordó unas medidas de salud pública por las que debemos modificar los planes de las celebraciones navideñas para reducir la propagación de COVID-19 y mantener a las amistades,
familias y comunidades sanas y seguras.

Estas medidas de carácter temporal y excepcional estarán vigente desde el sábado 5 de diciembre hasta el próximo 7 de enero incluido.

 

Entre las principales acciones acordadas por la COMUNIDAD DE MADRID destacamos:

    • La suspensión de cualquier acto para festejar las campanadas de Nochevieja en plazas o vías públicas de la región y sólo se podrá organizar cabalgatas de Reyes en recintos acotados.

    • Las celebraciones que se organicen en la vía pública, como conciertos u otros actos culturales o festivos, cabalgatas o Belenes vivientes, tendrá que organizarse en un espacio acotado, con los espectadores sentados y con un aforo del 50% respetando la distancia de seguridad entre las personas.

    • En este sentido, recomiendan que la entrega de cartas a los Reyes Magos, Papá Noel, pajes y acompañantes  por parte de los niños se tendrán que organizar con las medidas de distancia y seguridad en un espacio acotado y con un aforo del 50%. Debido a esto, en Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias los pajes de los reyes Magos se pasarán por las casas a recoger las cartas de los niños (como ya informaremos en breve).

    • Las visitas a lugares donde tradicionalmente se exponen los Belenes tendrán que respetar el mismo aforo del 50% del espacio donde se habiliten y respetando al máximo la distancia de seguridad en las colas entre familias o grupos de seis personas.

    • Se aconseja a los estudiantes que regresen a la residencia familiar para las vacaciones navideñas, que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los diez días anteriores a su regreso. Una vez en el domicilio, se recomienda limitar los contactos y respetar su burbuja de convivencia.

    • La Comunidad de Madrid recuerda también a los responsables de los establecimientos de hostelería reforzar la ventilación de los espacios interiores; y a los ayuntamientos que favorezcan un mayor uso del espacio público al aire libre y a toda la población, que siempre que sea posible las actividades se realicen al aire libre.

    • La Orden también recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.

    • Asimismo, desde la Consejería de Sanidad se recuerda a los titulares de los alojamientos de turismo rural o viviendas de uso turístico que serán responsables del cumplimiento en sus establecimientos de las medidas de prevención establecidas por las autoridades sanitarias para hacer frente al COVID-19, así como de la vigilancia del cumplimiento de las limitaciones en cuanto a la agrupación de personas.

    • En el caso de los residentes de centros residenciales socio-sanitarios que realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, la Comunidad de Madrid recomienda que ésta quede restringida a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable.

A estas medidas se unen las limitaciones del MINISTERIO DE SANIDAD.

    • Se limita la entrada y salida de las comunidades autónomas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero.

    • Se  limitan las reuniones a un máximo de 10 personas de hasta dos grupos de convivientes los días 24, 25 y 31 de diciembre, y 1 de enero, fechas a las que la Comunidad de Madrid añadirá el Día de Reyes para permitir esas reuniones.

    • Se limita la movilidad nocturna entre las 01:30 horas y las 06:00 horas de los días 25 de diciembre y 1 de enero, es decir, en Nochebuena y Nochevieja.

 

pdf DESCARGA AQUÍ EL ACUERDO de medidas de salud pública Navidad 2020 Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud

pdf DESCARGA AQUÍ LA ORDEN1653_2020 de la Comunidad de Madrid de medidas específicas durante la temporada navideña