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BANDO

Submitted by on 27 mayo, 2024 – 10:34
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Se comunica a todos los vecinos información sobre la realización de BARBACOAS: 

En SUELO RÚSTICO: está totalmente prohibido.

En la Comunidad de Madrid se debe tener en cuenta que, con carácter general, se prohíbe utilizar fuego para cocinar o calentarse durante todo el año en terrenos forestales y en los terrenos no urbanizables situados en una franja de 400 metros de ancho alrededor de los forestales.

En SUELO URBANO: deberán de cumplir las siguientes condiciones:

  1. No se podrá iniciar ninguna barbacoa en días de viento.
  2. La realización de las mismas deberá ser en zonasdespejadas, contando con suministro cercano de agua.
  3. Los vecinos serán responsables de la realización de la barbacoa, así como de cuantos daños pudieranocasionar a terceros.
  4. Según el Decreto 59/2017 de 6 de junio del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios de la Comunidad de Madrid (INFOMA): “si el uso del fuego se va a realizar en suelo urbano que dista a menos de 50 metros de terrenos forestales”, deberá comunicarse, con una antelación mínima de un día al uso del fuego, por el interesado a la Dirección General de Protección Ciudadana mediante:
    • Correo electrónico a: usofuego@madrid.org
    • Llamando al 915801849 o al número gratuito 900 720 300.

PUEDE DESCARGAR AQUÍ EL BANDO

Atentamente,

El Ayuntamiento de Lozoyuela – Navas – Sieteiglesias