BANDO. Quema de residuos vegetales en terreno urbano
BANDO
FRANCISCO DÍAZ RODRÍGUEZ,
ALCALDE-PRESIDENTE
DEL AYUNTAMIENTO DE LOZOYUELA-NAVAS-SIETEIGLESIAS
Comunica que el Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias autorizará, con carácter general, toda quema de restos vegetales en zona urbana, en época de peligro bajo de incendios del 1 de noviembre al 15 de mayo, siempre y cuando se cumplan las obligaciones recogidas a continuación. Este periodo podrá ser modificado por el Ayuntamiento cuando las circunstancias meteorológicas así lo justifiquen.
- La realización de quemas de restos vegetales en zona urbana se deberá comunicar previamente al Ayuntamiento, que autorizará de la quema; en zona rustica se deberá comunicar al Cuerpo de Agentes Forestales (900 18 16 28).
- Las quemas solo se podrán realizar el 2º y 4º fin de semana (viernes, sábado y domingo) de los meses citados.
- Se prohíbe la quema de cualquier tipo de residuo o material que no sea vegetal.
- La hoguera no se iniciará antes de salir el sol y quedará extinguida en el momento de su puesta.
- No se realizará ninguna actuación cuando la climatología lo desaconseje (ej.: fuertes vientos).
- La actuación se realizará sobre pequeñas superficies, a ser posible impermeables, y con una distancia mínima de seguridad para no afectar a viviendas y zonas arboladas.
- No se realizarán quemas en las inmediaciones de depósitos con materiales inflamables o peligrosos.
- Los titulares de la solicitud adoptarán las medidas de seguridad para evitar daños a las personas que intervengan en la quema, y serán responsables de cuantos daños pudieran ocasionar a terceros.
- Los titulares de la solicitud deberán contar con sistemas de extinción para controlar la quema y para realizar su apagado al final de cada actuación.
- No se abandonará la vigilancia de las zonas quemadas hasta que la hoguera esté totalmente apagada y se compruebe que no existe posibilidad de que pueda reavivarse.
- En caso de ser requerida la extinción de la hoguera por los servicios municipales competentes se procederá a su apagado inmediato.
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones anteriormente reflejadas, se incurrirá en las responsabilidades que correspondan en aplicación de la normativa vigente.
Lo que se hace público a los efectos oportunos para general conocimiento, en Lozoyuela, a 22 de octubre de 2021
Francisco Díaz Rodríguez
Alcalde-Presidente
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