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¿Lo llevas todo? Uso obligatorio de mascarillas
Desde hoy es obligatorio el uso de cualquier mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.
Desde los 6 años en adelante se debe llevar obligatoriamente.
Quedan exentos de esta obligación:
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- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Aquellas que resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Cuando se desarrollen actividades que por su naturaleza resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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Se debe usar obligatoriamente en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos 2 metros.
Descargar la Orden SND/422/2020 que regula las condiciones del uso de la mascarilla.