Cierre temporal de alojamientos turísticos
De acuerdo con la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, y siguiendo las medidas establecidas en el artículo 10.6 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los alojamientos turísticos de titularidad municipal o privada ubicados en el municipio permanecerán cerrados hasta nuevo aviso.
Solo podrán seguir alojados los clientes que, en el momento de la declaración del estado de alarma, estuvieran hospedados de manera estable en larga estancia, y siempre que sus ocupantes cuenten con las infraestructuras, en sus propios espacios habitacionales, para poder llevar a cabo las actividades de primera necesidad en los términos que establece el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma.
El cierre se producirá en el momento en que el establecimiento no disponga de clientes a los que deba atender y, en todo caso, antes del 25 de marzo.
Los establecimientos no podrán admitir a nuevos clientes en ninguna de las modalidades de estancia, hasta que finalice la suspensión prevista.