Carta Informativa de la Dirección General de Agricultura a los Ganaderos Sobre la Declaración de Pastos Aprovechados en Común en las Ayudas PAC
Estimados ganaderos/autoridad gestora de pastos,
Por la presente queremos informaros que, como ya conocéis, desde la campaña 2018 es obligatorio que todas las solicitudes de ayudas por superficie de la PAC se realicen mediante la delimitación gráfica de las parcelas que conforman la explotación de los agricultores y ganaderos que solicitan dichas ayudas.
Esta declaración gráfica se había exceptuado en el caso de los recintos de pastos que se aprovechan en común, sin embargo, a partir de la campaña 2019 esta excepción deja de ser aplicable por lo que, con el fin de facilitar la declaración de los ganaderos que aprovechan estos pastos y, ante la imposibilidad de que delimiten gráficamente las parcelas que aprovechan en común, la declaración de dichos pastos se realizará mediante la declaración de “Recintos Ficticios”.
Estos “Recintos Ficticios” englobarán el conjunto de recintos SIGPAC que adjudica una autoridad gestora de pastos, por lo que deberá ser dicha entidad la que realice la declaración gráfica, mientras que el ganadero se limitará a declarar la superficie neta o el porcentaje de participación que le haya sido asignado por la autoridad gestora del pasto en ese recinto ficticio.
Por tanto, la autoridad gestora del pasto, deberá presentar una declaración, en la que se incluya, al menos, la siguiente información:
– Datos generales de la autoridad gestora: nombre o razón social y, si se dispone del mismo, DNI/NIF.
– Denominación, si procede, del pasto declarado en común y, si se dispone del mismo, número de MUP en el caso de los montes de utilidad pública.
– Código identificativo del recinto: será definido por la comunidad autónoma. De forma general, para un pasto declarado en común concreto se definirá un único código identificativo, a no ser que la adjudicación se realice por zonas concretas de dicho pasto, en cuyo caso se definirá un código por zona.
1. Código de provincia y municipio.
2. Códigos de agregado y zona.
3. Polígono (3 posiciones): Se codificará con números del rango de los 900.
4. Parcela (5 posiciones): Se codificará con números del rango de los 99000.
5. Recinto (5 posiciones): Se codificará con números del rango de los 99000.
– Recintos reales asociados que forman parte de los pastos declarados en común
– Delimitación gráfica de la superficie de los pastos utilizada en común dentro de los recintos reales mencionados en el párrafo anterior.
– Coeficiente de admisibilidad (CAP) de los pastos declarados en común. El CAP se establecerá en cada uno de los recintos que conforman el pasto declarado en común.
– Agricultores asociados con su NIF.
– Participación de cada agricultor en el pasto declarado en común, que podrán ser el número de hectáreas netas asignadas a cada uno de los agricultores o el porcentaje de participación.
El ganadero no podrá solicitar sus ayudas mientras la Autoridad Gestora no haya registrado su Declaración Anual de Pastos.
Esta declaración la deberá realizar anualmente la autoridad gestora a partir del 1 de febrero y, como ya se ha indicado, previamente a la solicitud que presente el ganadero, por lo que deberá realizarse con la suficiente antelación para que el ganadero pueda presentar su solicitud única antes de la finalización del plazo de presentación, que es el 30 de abril de la campaña en cuestión.
La declaración se presentará por medios telemáticos a través de la aplicación oficial de gestión de ayudas directas (SGA), cuya dirección URL es:
https://gestiona3.madrid.org/SgaCac/ProdInd
Asimismo, os informamos de que podéis presentar personalmente vuestra declaración, en caso de disponer de certificado digital válido, o a través de las entidades colaboradoras autorizadas al efecto por la Comunidad de Madrid, a las cuales se les prestará toda la colaboración necesaria para la grabación de dicha declaración.
Por otro lado, y con el fin de facilitar la grabación de dicha declaración, la Comunidad de Madrid podrá pregrabar determinados datos, siempre que la autoridad gestora se lo requiera, de tal forma que únicamente tendréis que completar los datos que falten para la finalización de la declaración y proceder a su registro.
Si vuestra entidad gestora desea que le facilitamos su solicitud pregrabada deberéis remitirnos, con anterioridad al 31 de enero de 2019, y mediante un fichero Excel, los siguientes datos relativos a los recintos SIGPAC que conforman el pasto que adjudicáis:
– Recintos reales asociados que forman parte, de los pastos declarados en común:
· Referencia SIGPAC de cada recinto que forma parte del Pasto Comunal.
· Superficie bruta con dos decimales.
· CAP Declarado.
Asimismo, si estuvieseis interesados en que os facilitásemos pregrabados los datos de la adjudicación de dichos pastos, deberá también remitirnos un fichero con los siguientes datos:
– Relación de Agricultores asociados con su NIF
– Superficie Neta Asignada o Porcentaje de Participación en el Pasto en Común
Una vez introducidos estos datos, y siempre que así lo deseéis, la aplicación de gestión de ayudas directas (SGA) permite la emisión del Certificado de Adjudicación de Pastos de cada ganadero, lo cual puede facilitar vuestra labor.
Con el fin de facilitaros el formato de estos ficheros y solicitar cualquier aclaración que necesitéis al respecto, deberéis dirigiros a las Delegaciones Comarcales de Agricultura, las cuales serán las encargadas de recepcionarlos y dirigirlos al Área de Política Agraria Común para su procesamiento. Asimismo, os podrán facilitar la relación de entidades colaboradoras por si deseáis acudir a ellas para presentar la declaración.
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración.
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE POLÍTICA
AGRARIA Y DESARROLLO RURAL